El sector de las MIPYMES tiene una función decisiva en la creación de empleo, en la estabilidad social y en el dinamismo económico de un país. Crear las condiciones favorables para el desarrollo de un clima de inversión, es uno de los primeros pasos para lograr que un país sea; y la base para fomentar la creación de nuevas empresas.
La creación de una nueva empresa implica gestionar diferentes licencias, permisos, registros y trámites legales, que les permitirá al empresario(a) comercializar libremente sus productos y/o servicios a nivel nacional e internacional, en un mercado cada vez más competitivo.
EL PROCESO DE CREACIÓN DE UNA EMPRESA
Antes de iniciar el proceso de creación de la nueva empresa, es importante que el/la empresario(a), haya definido claramente el tipo de producto a elaborar/comercializar, haya identificado los/las clientes a quienes venderá, haya decidido si establecerá su empresa solo(a) o se asociará a algún grupo. Además deberá responderse una serie de preguntas como: si la idea de empresa es realista, si es viable técnicamente, si es viable desde el punto de vista económico, si se está en condiciones de poder emprenderla y si su rentabilidad justifica los esfuerzos necesarios para ponerla en marcha.
- FORMA JURÍDICA A ADOPTAR
Una de las primeras decisiones a tomar es la elección de la forma jurídica; la cual dependerá de algunos aspectos como el número y responsabilidad de los socios, el capital y tamaño de la empresa, y los beneficios fiscales.
Es clave hacer notar que existen dos vías para constituir la empresa, aquellas que se basan en lo estipulado en el Código de Comercio y aquellas que se basan en lo estipulado en Leyes Especiales. A continuación se detallan ambos tipos:
- TRÁMITES NECESARIOS PARA CONSTITUIR LEGALMENTE UNA EMPRESA
- OBTENER LA ESCRITURA PÚBLICA
La Escritura Pública es un instrumento público y legal que contiene los nombres de las personas que conforman la organización, el nombre de la organización o razón social, explicando el tipo de ésta, el capital inicial, duración, la naturaleza y su objeto.
El número de pasos para obtener la escritura pública varía dependiendo de si la empresa se constituye de acuerdo al Código de Comercio o de acuerdo a la Ley del Sector Social de la Economía, tal como se explico en el Diagrama anterior (Trámites para constituir legalmente una empresa).
Empresas constituidas de acuerdo al Código de Comercio:
Tiempo promedio: Veinte (20) días hábiles.
Valor: Desde L.3,000.00 hasta L.5,000.00, dependiendo de la clase de sociedad mercantil a constituirse. Además se deberá pagar honorarios al apoderado(a) legal, los cuales serán fijados de acuerdo al arancel del Colegio de Abogados.
TRÁMITES A REALIZAR:
Entregar al apoderado(a) legal los siguientes datos y documentos:
_ Nombre o la Razón Social del/la comerciante(a) o sociedad,
_ Describir la actividad a la que se dedicará la empresa,
_ Domicilio de la empresa,
_ Capital inicial mínimo (dependerá del tipo de personalidad jurídica a adoptar),
_ Fotocopia de documentos personales (Tarjeta de Identidad, Registro Tributario Nacional (RTN) y Solvencia Municipal).
Con estos datos y documentos el/la apoderado(a) legal deberá elaborar la escritura de constitución, para ello deberá adquirir timbres fiscales de acuerdo al monto de la inversión y posteriormente publicar el aviso de declaración de comerciante individual o sociedad en el Diario Oficial La Gaceta y en uno de los diarios de mayor circulación en la localidad.
- INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MERCANTIL
Toda empresa que se constituya basándose en el Código de Comercio, deberá registrar su escritura de constitución en el Registro Mercantil. A partir del 23 de enero del 2006, le fue delegada a la Cámara de Comercio e Industrias (CCI) la administración del registro mercantil mediante decreto 253-2005.
PERSONA QUE REALIZA EL TRÁMITE: Empresario(a)
INSTITUCIÓN QUE REALIZA EL TRÁMITE: Cámara de Comercio e Industria del municipio en el que este ubicada la empresa.
TIEMPO PROMEDIO: Un (1) día hábil.
VALOR: Variará dependiendo el capital con el cual se ha constituido la empresa. Por los primeros mil lempiras (Lps.1,000.00) de capital se deberá cancelar veinte lempiras (Lps. 20.00) y por cada mil adicional, un lempira con cincuenta centavos (Lps.1.50) adicional.
TRÁMITES A REALIZAR:
Para registro de comerciantes individuales:
Presentar en la ventanilla de atención al público:
_ Escritura de constitución original y copia,
_ Recibo de pago del formulario de la CCI original y copia,
_ Copia de la publicación de constitución en Diario Oficial La Gaceta
Para registro de empresas mercantiles:
Las sociedades mercantiles deberán presentar además de los requisitos anteriores, copia del depósito bancario por concepto del capital de constitución de la empresa (este valor debe coincidir con el valor que figura en la escritura de constitución).
- REGISTRO TRIBUTARIO NACIONAL (RTN)
El Registro Tributario Nacional, es el mecanismo utilizado para identificar, ubicar y clasificar a las personas naturales o jurídicas, de obligaciones administradas y controladas por la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI).
PERSONA A REALIZAR EL TRÁMITE: El/la empresario(a).
INSTITUCIÓN QUE REALIZA EL TRÁMITE: Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), edificio principal.
TIEMPO PROMEDIO: Tres (3) días hábiles.
VALOR: Lps.0.00
TRÁMITES A REALIZAR:
A) Para obtener el RTN de un(a) Comerciante(a) individual
Presentar:
_ Formulario de inscripción (Forma DEI 410), debidamente completado. Este formulario se obtiene gratuitamente en las ventanillas de atención al público de la DEI.
_ Fotocopia de tarjeta de identidad.
_ Fotocopia de la escritura de constitución de comerciante individual.
B) Para obtener el RTN de una empresa mercantil:
Presentar:
_ Formulario de inscripción (Forma DEI 410), debidamente completado. Este formulario se obtiene gratuitamente en las ventanillas de atención al público de la DEI.
_ Fotocopia de escritura de constitución o carta de autorización extendida por el notario.
_ Fotocopia del RTN del Apoderado(a) Legal y de tres (3) socios y/o socias.
_ Fotocopia de identidades de tres (3) socios(as).
_ Copia de identidad y RTN del gerente(a) o presidente(a).
_ Cuando sean Cooperativas se deberá presentar fotocopia del acuerdo de personería jurídica publicada en la Gaceta. Hasta este punto, la empresa se encuentra legalmente constituida. Ahora, previo al inicio de operaciones se debe tramitar una serie de licencias y permisos los cuales dependerán de la actividad a la que se dedique la empresa.
Hasta este punto, la empresa se encuentra legalmente constituida. Ahora, previo al inicio de operaciones se debe tramitar una serie de licencias y permisos los cuales dependerán de la actividad a la que se dedique la empresa.